La Barceloneta, 21/02/2009
Se ha pedido a un técnico que asista a la reunión para aclarar algunos aspectos sobre las posibilidades y limitaciones de la Ley de Barrios.
TÉCNICO.- Antes de empezar con vuestro turno de preguntas, sería conveniente aclarar algunos puntos de la Ley de Barrios. En primer lugar, la Ley de Barrios es un fondo económico para subvencionar proyectos integrales, pero la ley no sustituye las leyes, reglamentos, ordenanzas etc. generales. En segundo lugar, la Ley de Barrios no financia aquellas actuaciones en las que el ayuntamiento pueda recuperar la inversión. Sin embargo, la Ley de Barrios no impide la concesión administrativa a la gestión privada de determinados servicios o espacios. . El Taller Barceloneta no implica recuperación de inversión. Desconozco como se gestionará l’Eplai del Mar y si el ayuntamiento recuperará la inversión, si fuera sí podría contradecir la Ley de Barrios.
Respecto a vuestras reivindicaciones de la pasarela para el acceso de disminuidos/as a la playa, he de deciros que en muchos de los proyectos de la Ley de Barrios se contemplan equipamientos para la ciudad. Otra cosa es que pidáis unos precios menores para el vecindario en el caso de algunos servicios básicos, reivindicación que podéis plantear.
Tenéis que tener en cuenta que partimos de una base, el proyecto de barrios de la Barceloneta está aprobado y los espacios donde se va a intervenir están determinados. Por lo tanto, muchas de vuestras reivindicaciones no serán posibles de atender con la Ley de Barrios (lo que no significa que no puedan atenderse por otros medios). No obstante, son modificables algunas actuaciones del proyecto -siempre que se aprueben, claro está-. Lo que no se puede modificar es el proyecto entero, puesto que ya ha sido aprobado.
-L'ÒSTIA Y PADB: Ahora nos gustaría tratar el tema de la urbanización de las calles transversales. Encontramos cierta polémica en el hecho de que con estas medidas no podremos aparcar nuestros vehículos en la calle.
TÉCNICO.- A nivel técnico hay varias posibilidades. Si la vía es muy estrecha, lo lógico es eliminar coches (es intolerable que las personas tengan dificultades para pasar por las aceras). En el caso de que la vía tuviera suficiente anchura se puede aumentar el espacio de las aceras, soterrando la mayoría de servicios públicos (por ejemplo, agua, teléfono, luz, etc) que todavía están en el exterior. Mi opinión personal sobre el aparcamiento es muy radical: si tú tienes vehículo, tú puedes pagarte un aparcamiento, y si no, que no se tenga coche (siempre ha sido un lujo, y todavía más en estos tiempos).
-L'ÒSTIA Y PADB: Sí, todo eso está muy bien, pero si se peatonalizan todas las calles y las alternativas para aparcar son demasiado caras para nuestros bolsillos, ¿dónde aparcaremos?
TÉCNICO.- Se pueden habilitar nuevos espacios públicos en el exterior, aunque en La Barceloneta creo que es un poco difícil encontrar espacios libres. Otra alternativa es maximizar el uso de los aparcamientos subterráneos existentes por ejemplo pudiendo ser sólo utilizados por gente del barrio a partir de determinadas horas. U ofrecer precios más baratos para aparcar por las noches para la gente del barrio, y quien quiera aparcar todo el día que pague precios de mercado.
Aunque yo pienso que, antes de empezar a hablar de soluciones, deberíais comprobar cuántos vehículos censados hay en el barrio, cuántas plazas libres quedan en los aparcamientos subterráneos del Paseo Nacional, Mercado y Hospital, y qué espacios quedan después de haber ensanchado la acera en algunas vías. Y si no existiera espacio en La Barceloneta, después de haber comprobado todos estos datos, se puede plantear utilizar espacios fuera del barrio.
El concepto de aparcamiento disuasorio también queda planteado en el proyecto de Barrios, pero no se especifica más. Habrá que esperar al 24 de Febrero para que se presente el plan de movilidad de Ciutat Vella y salgan reflejados dónde estarán estos lugares. Este concepto es parecido al facilitar aparcamiento en las estaciones de trenes para que los/as usuarios/as sólo utilicen el coche hasta la estación (pudiéndose utilizar estos aparcamientos para liberar calles dentro del barrio o pueblo, en todo caso).
- L'ÒSTIA Y PADB: Nos gustaría que nos aclarases el término "calles con prioridad invertida" y expliques cómo piensa combatir la Ley de Barrios la aparición de terrazas en las calles peatonales.
TÉCNICO.- Una calle con prioridad invertida es aquélla en la que se da prioridad al/la peatón y se pacifica el tráfico de vehículos -por ejemplo, utilizando bandas para frenar la velocidad, eliminando las aceras y haciendo una plataforma única, o pasando por esas calles sólo si eres residente/a-, pero la circulación no se elimina del todo, al contrario que en las calles peatonales.
Respecto al peligro de la proliferación de terrazas en las vías peatonales, sólo puedo deciros que se tienen que cumplir las ordenanzas municipales y conseguir los permisos, no pueden ponerse porque sí. Y sí que es cierto, en términos generales, que existe una relación entre vías peatonales y aumento de la actividad comercial en ese tipo de calles.. Sin embargo, existen alternativas para fomentar uno u otro tipo de actividad.. Por ejemplo en el centro histórico de Mataró se ha prohibido la apertura de más entidades financieras, inmobiliarias o locutorios en plantas bajas. La conversión de viviendas en planta baja en comercios se puede limitar también. Pero hay que recordar que la Ley de Barrios no regula los usos, y que este tipo de medidas dependen de las normativas municipales.
- L'ÒSTIA Y PADB: ¿El tema del Colegio Mediterrània cómo va?
TÉCNICO.- Desconozco el proyecto. Con la Ley de Barrios no se pueden financiar guarderías ni escuelas.. La Generalitat tiene otras líneas para financiarlos como el Plan de Equipamientos Educativos. Tendríais que comprobar que el colegio esté incluido en el plan.
-L'ÒSTIA Y PADB: Cambiando de tema, ¿querrías explicarnos en qué consiste la rehabilitación de los elementos colectivos de los edificios planteada en la Ley de Barrios?
TÉCNICO.- Tal como constan en el proyecto son ayudas para instalar ascensores, rehabilitar fachadas o instalaciones comunes.. Eso sí, las condiciones para recibir estas ayudas tienen que especificarse todavía en la ordenanza correspondiente. En la ordenanza se detallarán las condiciones para recibir las ayudas, por ejemplo se podria establecer si las personas mayores o con ingresos bajos tienen una subvención mayor, o si hay que estar empadronado en el barrio, etc.. Las ordenanzas también pueden fijar los parámetros para evitar los fraudes, como limitar el derecho de venta del edificio rehabilitado en cinco años, por ejemplo. En rehabilitación, lo habitual es sumar las ayudas a la rehabilitació de la Ley de Barrios con las del plan de rehabilitación de la Generalitat, pero habrá que esperar a la ordenanza correspondiente para ver a qué se dedican estos recursos.
-L'ÒSTIA Y PADB: ¿Qué se puede hacer en contra de los apartamentos turísticos con la Ley de Barrios en la mano?
TÉCNICO.- Con la Ley de Barrios poco. Se puede plantear recibir ayudas a la rehabilitación sólo si se destina la vivienda a uso residencial, como ejemplo. También se puede pactar no aumentar el alquiler si recibes ayudas para rehabilitar el edificio. O incluso condicionar la percepción de ayudas a la rehabilitación a incluir al edificio en una Bolsa pública de alquiler, si se trata de viviendas vacias. Pero lo que la Ley de Barrios no puede evitar es que el/la propietario/a no quiera renovar el contrato al llegar a los cinco años, eso corresponde a la LAU., o pase de recibir ayudas y así no asumir compromisos.
-L'ÒSTIA Y PADB: ¿Qué pasa si sólo hay contratos de 11 meses y a 1300 euros?
TÉCNICO.- La LAU regula los contratos de alquiler. Sólo se permiten contratos inferiores a 1 año + prorrogas hasta los 5 en la vivienda de uso temporal y en La Barceloneta hablamos de viviendas principales. Lo que si puede establecer la ordenanza que regule las ayudas a la rehabilitación del proyecto de barrios es exigir los contratos de alquiler y denegar las ayudas sin no son contratos legales.
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